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CONTACT ET INFORMATIONS PRATIQUES
Si vous avez des problèmes d’ordre méthodologique ou d’une
autre nature vous pouvez :
me contacter personnellement dans mon bureau de l'Université Paul Valéry
C213 lors de ma permanence le mardi de 11h à 12h00 2e semestre).
me joindre par téléphone à la même heure au 04 67
14 26 48
m’envoyer un e-mail : michel.boeglin@univ-montp3.fr. Pensez à indiquer
dans la fenêtre de saisie de votre message (subject/sujet) EAD ou le code
de l’élément, afin que votre message ne passe pas inaperçu
dans le flot de correspondance administrative et autre que nous recevons périodiquement
à la faculté.
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PRIÈRE DE N'ENVOYER AUCUN TRAVAIL À RENDRE PAR MAIL (SAUF CAS
D'URGENCE NÉCESSITÉ (grève de La Poste, déplacement,
etc.) :
envoyez vos travaux par voie postale, écrits à la main ou à
la machine, comme vous préférez, afin que je puisse insérer
des observations et des corrections. Aussi veuillez laisser une marge suffisante
(4 à 5 cm) dans vos devoirs manuscrits pour que je puisse y insérer
aisément mes observations et commentaires. Si vous utilisez l'ordinateur,
veuillez laisser une marge assez large à gauche (4 cm) et en haut de
la première page et employer un style de paragraphe avec une interligne
de 1,5. Merci de votre compréhension.
Clavier : Si vous utilisez l’ordinateur, voici les combinaisons de touches
que vous devez utiliser pour placer l'accent graphique sur les voyelles espagnoles,
ainsi que les lettres ñ, Ñ, et les signes d'aperture d'interrogation
et d'exclamation
Sur PC : Alt + 160 = á ; Alt + 161 = í ; Alt + 162 = ó
; Alt + 163 = ú Alt + 164 = ñ Alt+165 = Ñ ; Alt + 168 =
¿ ; Alt + 173 = ¡. Cela demande une certaine agilité et
du doigté! Sachez toutefois que vous avez la possibilité sur Windows
de configurer la combinaison de touches pour vous permettre d'éditer
ces caractères spéciaux. Consultez pour ce faire l'aide de Word
sur PC.
Sur Mac, c'est plus facile : l’accent « espagnol » s’obtient
avec la combinaison de touches :MAJ+OPTION(à côté de CTRL)
+1 puis appuyez la touche de la voyelle désirée. Pour la tilde
: OPTION+n puis taper n une seconde fois. Pour les points d'interrogation et
d'exclamation à l'envers "¿¡" : OPTION+les touches
respectives (? ou !).
Examens: Les dates de examens pour les étudiants non-assidus sont fixées
par l'Administration et ne dépendent pas de nous. Les épreuves
ont en général lieu à partir de la deuxième quizaine
de mai. L'épreuve est d'une durée de 1h30 et consiste en l'analyse
d'un document (iconographique, littéraire ou authentique).
TRAVAUX A ENVOYER
Devoir n° 1: pour le 20 février-1er mars : Commentaire de
tableau : Saint Dominique pardonnant un hérétique également
connu sous le titre "autodafé" de Berruguete (XVe siècle).
Fundándote en tus conocimientos de la Inquisición y sobre la ceremonia
del auto de fe, realiza un comentario de este cuadro.
Berruguete
: Auto de fe. Finales del siglo XV. Museo del Prado. Cliquer pour
agrandir
Devoir n° 2 : pour le 20 mars : Realiza un comentario de documento
a partir de esta la relación de causa (resumen del proceso que el tribunal
solía enviar al Consejo de la Inquisición una vez que se había
ejecutado la sentencia) de una acusada judeoconversa en 1621.
Proceso de una judaizante, 1621, fragmento de las relaciones de causa de 1621
(AHN Inq. Leg. 2075 exp. 25)
Margarita Fernández, portuguesa vecina de Coria, natural de la villa
de Frontera en Portugal, de hedad de cincuenta años, madre del reo precedente
fue testificada por seis testigos varones y quatro mugeres que vio que la dicha
Margarita Fernández y las demás personas conjuntas suyas se andaban
paseando con unas quentas en las manos y que peguntándoles el testigo
qué era lo que reçaban una de las dichas personas le respondió
que no sería ella para reçar lo que ellas reçaban y que
entonces la d[ic]ha Margarita Fernández hablando con la persona conjunta
suya le dixo 'Quién os mete a vos en eso, queréis meteros en el
fuego, que no se a visto de buen cristiano aber buen moro, non te dixe yo que
no te metieras en eso, mirad que orden (sic) ésta' y que entonces la
dicha rea y las demás le dixeron a el testigo que si las acusaba ellas
tenían remedio que eran judías de nación y las darían
por libres mas que el testigo no tenía remedio que era cristiana vieja
y que sabe el testigo que la dicha rea y las demás personas sus conujuntas
no comen tocino ni en sus ollas se echa y que ellas han dicho que no lo comerán
aunque les cueste la vida .
Otro de los dichos testigos, muchacha de doce años hija del testigo que
queda referido y sobrina de la rea la testifica de que entrando en la casa donde
la susodicha y otras conjuntas suyas vivían en la dicha villa de Coria
el testigo entrava diciendo 'Loado sea christiano' y que le respondieron 'Ése
te tome a ti y a tu madre' y que las veía rezar todos los días
tres veces por la mañana y a vísperas y a puestas del sol y que
cada vez que rezaban se lababan las manos y que quando amasaban que veía
el dicho testigo amasaban, hacían unas bolitas de masa y las echavan
en las braças y si saltavan del fuego, las sacavan del fuego y molían,
y de sus polbos, romero y algodón hacían unas nóminas en
unas bolsitas y las traían colgadas a los cuerpos suyos y faxas y que
nunca el testigo les vio comer carne de puerco ni echar tocino en la olla porque
decían que daba garrotillo Margarita Fernández y las demás
personas conjuntas suyas eran judías de nación y guardaban la
ley de Moysén y hacían cosas contra la fe (…)
Con esta testificación fue mandada prender con secuestro de bienes y
recluir en las cárceles secretas y estando en ellas le sobrevinieron
otros seis testigos complices presos en las mismas carceles y personas muy conuntas
suyas que la testificaron de cosas de judaismo y que en guarda de la ely de
moysen hacia sus ritos y seremonias…
En la primera audiencia que con ella se tuvo declaró ser de de casta
de cristianos nuevos y confesó la testificación y que abría
veinte años que vino de Portugal a la villa de Coria con García
Méndez su marido y que hasta entonces avía vivido siempre como
católica cristiana y que a pocos días que llegó a Coria
el dicho su marido le dio a entender que vivía en la observancia de la
ley de Moysén y que le pidió a ella que hiciese lo mismo y la
comenzó a enseñar las seremonias de la dicha ley, las quales declaró
muy en particular y que las creía y y las hizo teniéndolas por
buenas y que avía guardado la dicha ley desde que se vino a Coria habría
los dichos veinte años hasta entró presa en la dichas cárceles.
Confesó la intención y pertinacia y que ella había conocido
su error y que como mozas había errado y que deseaba salvar su alma y
vivir y morir como fiel cristiana en la fe de nuetro señor Jesúcristo
que pedía se usase con ella misericordia… y confesó contra
complices.
Vista en consulta su causa, en conformidad fue condenada la dicha Margarita
Fernández que en auto público de la fe si le hubiese de próximo
y sino en la parroquia de la señora Santa Ana de Triana fuese admitida
a reconciliación con confiscación de bienes, auto y cárcel
perpetua por dos años y así se ejecutó en el auto que se
celebró en la dicha parroquia en 21 de diciembre del dicho año
[de 1621].
Devoir n° 3 : 15 avril : Fundándote en los documentos siguientes
y en tus conocimientos acerca de la sociedad del siglo de oro, analiza la dimensión
social y religiosa de la cuestión morisca en Sevilla y en España
en el siglo XVI.
carta del asistente de Sevilla al rey Felipe II del 5 de diciembre de
1570
El día 29 de noviembre llegaron a Sevilla 24 galeras al mando de don
Sancho de Leiva en las cuales parece había 4.300 moriscos. Estos moriscos
llegaron tan destrozados y pobres y robados y enfermos que fue gran compasión,
y los que no lo venían, tan flacos y hambrientos que, visto que morían
muchos y padecían tanta necesidad sin poder bastar las limosnas que se
les dan de mala gana, me pareció, por ser tanta gente y tener tan mal
aparejo , de remediarlo... poniendo los que se pudieren con amos y los enfermos
a los hospitales, así por su sustentación y reparo como por entender
que dividiéndolos serían más aprovechados, a lo menos los
niños, para la instrucción de la fe.
Carta del 20 de abril de 1580 de los jurados de Sevilla al Consejo de
Castilla
Los jurados de esta ciudad decimos que en nuestro cabildo ordinario que hicimos
en sábado diez y nueve días del mes de marzo se acordó
hacer saber a Vuestra Señoría como ya le consta, el mucho número
de moriscos que en esta ciudad hay, los cuales tienen por costumbre de vivir
en corrales y casas y otras partes juntos de tal manera que el menos número[sic]
que se juntan de ellos más de veinte, los cuales viven con mucha libertad
y desenvoltura de tal manera que ejercitan su ley, hablando su lengua y cantando
sus cantares y viviendo libres sin servir a ningún señor, de lo
cual a sucedido, teniendo la dicha libertad, que andan de día y de noche
con armas y han hecho muchos delitos así matando hombres como robándolos.
Lo cual todo cesaría proveyendo Vuestra Señoría que los
tales moriscos libres sirvan a señores y los que no fueren para ello
no vivan de dos arriba en una casa y ésta sea entre cristianos viejos
porque de vivir muchos y juntos y sin amos y con tanta libertad han sucedido
los delitos que hemos dicho y los demás que a Vuestra Señoría
le son notorios porque entre ellos los tratan y comunican para hacerlos y perpetuar
así en esta ciudad como en el campo
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